Salud y Desplazamiento (English)

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LAS PERSONAS DESPLAZADAS TIENEN DERECHO AL DISFRUTE DEL MÁS ALTO NIVEL POSIBLE DE SALUD FÍSICA Y MENTAL. Mesa de Trabajo de Bogotá sobre desplazamiento interno. Septiembre 2003

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SUFRO DE UNA CLASE DE HERNIA QUE ME HA IMPEDIDO CONSEGUIR TRABAJO, PUES NADIE QUIERE EMPLEAR A UN DISCAPACITADO

Testimonio

Me llamo BONIFACIO PINEROS. Estoy en la ciudad de Bogotá. Soy el padre de cinco hijos menores de edad, padre cabeza de familia. Antes de ser víctima de este atroz crimen me desempeñé como profesor por ocho años en lo que era la zona de distensión, tal como consta en el documento expedido por la alcaldía en mayo de 2003, documento que a la vez es constancia de mi desplazamiento forzado[8].

Text Box:  
"Padezco una eventración que me impide trabajar"
En diciembre de 2002 presente ante el despacho de la Coordinadora de la Unidad de la Red de Solidaridad en Bogotá un derecho de petición el que está mí historia como víctima del desplazamiento, las constantes amenazas y huidas de un lugar para otro y la solicitud de ayuda humanitaria de emergencia.

En diciembre de 2002, radiqué ante el mismo despacho, otro derecho de petición, solicitando nuevamente ayuda humanitaria. El mismo mes de diciembre recibí de parte de la RSS un bono por valor de ochenta y cinco mil pesos ($85.000), como ayuda humanitaria de emergencia, nada más.

La Cruz Roja Internacional, me brindó ayuda humanitaria, por esto los funcionarios de la Red de Solidaridad me niegan la ayuda humanitaria integral, pues afirman que como ya recibí apoyo de parte de la Cruz Roja Internacional, ya no puedo solicitarla al Gobierno. Pero la gente de la Cruz Roja Internacional me informa que el apoyo que me han brindado tiene carácter privado internacional, y es independiente de la obligación que tiene el Estado a través de la Red de Solidaridad.

Debido a las constantes amenazas contra mi vida he tenido que padecer tres (3) desplazamientos, sobre los cuales presenté denuncia, en primera instancia ante la una Personería del Huila, y en segunda instancia ante la Defensoría del Pueblo en Bogotá, hace como dos meses. Por los varios desplazamientos, me dijeron que por volviera a declarar, esta vez ante la Defensoría del Pueblo en Bogotá, en julio de este año.

Por la misma situación de inseguridad, estoy realizando trámites para lograr protección dentro del Programa que adelanta el Ministerio del Interior y de Justicia.

En abril, nuevamente radiqué ante la Red otro derecho de petición para solicitar respuesta a los anteriores derechos de petición, para recibir la ayuda humanitaria que no he recibido, y para la atención en salud que requiero por causa de mi padecimiento, que se llama EVENTRACIÓN CONTENIDA, que requiere ser operada quirúrgicamente, pues cada día que pasa es más delicado. Cada día aumentan los dolores y malestares por la hernia.

Solo hasta julio pasado me enviaron respuesta en la que me informan que ya estoy en lista de espera para recibir la ayudad humanitaria. En cuanto a salud, no hay manifestación ni iniciativa alguna.

La situación mía y la de mi familia es totalmente inhumana y necesitamos urgentemente la ayuda que el Estado colombiano ofrece concretamente a la población desplazada. Como menciono en el derecho de petición de abril de 2003, tengo que ser operado de urgencia pues padezco de una EVENTRACIÓN CONTENIDA. Esta enfermedad me impide realizar trabajos que exijan esfuerzo físico, lo que me ha impedido conseguir trabajo, pues nadie quiere emplear a un discapacitado, ni menos hacerse cargo de cualquier tipo de atención médica por un accidente laboral.

En este momento tengo a mi cargo a dos hijos menores de edad y un nieto. Mi hija Yolanda, de 17 años de edad, quien además, padece de trastornos psíquicos, trabaja esporádicamente, con ingresos muy bajos con lo que se tiene algún tipo de apoyo para el sostenimiento familiar, yo obtengo recursos mínimos de la caridad de la gente.

Cuando me acerco para solicitar atención, en los hospitales, como el del Guavío, me dicen que ya no se atienden a desplazados. Mientras tanto, la situación de mi familia se deteriorará más, por lo que es de urgencia la ayuda que el Estado pueda brindarme a través de las entidades de atención a la población desplazada. Quiero evitar mayores daños y peligros por efectos de la desatención en salud. Igualmente, cuando tenga que ser intervenido quirúrgicamente y no pueda conseguir recurso económico alguno debido a la incapacidad que se ocasione después la operación.

Colombia es constitucionalmente un estado social de derecho, comprometido con los derechos fundamentales de sus ciudadanos, comprometido mediante la expedición de leyes y decretos a atender especialmente a la población desplazada por la violencia por su carácter de víctimas. El Estado colombiano está determinado jurisprudencialmente por las tutelas de la Corte Constitucional y otras instancias para garantizar los derechos fundamentales; la atención necesaria para poder rehacer las vidas de la gente desplazada; proteger especialmente de los derechos de los desplazados a la educación, la vivienda y la salud. El derecho a un trato urgente y preferente a los desplazados por cuanto con el desplazamiento sufrimos una situación inesperada, totalmente inhumana en la que todos los derechos se ven afectados negativamente, por lo que existe la obligación para el Estado de atender rápidamente a estas víctimas y proteger sus derechos constitucionales y para que los Principios Rectores de las Naciones Unidas sean observados con prontitud; atender oportuna y prontamente a los desplazados; prestar el servicio a la salud como conexo con el derecho a la vida; y para este caso en particular, la sentencia No. ACU-1762 de 2001, del Consejo de Estado sobre Desplazamiento Forzado, dice que: "es muy probable que el desplazamiento de una misma familia se repita, cuan-tas veces se vea afectada de manera directa o inminente por dicho fenómeno...". Y dice además que: "siempre que se encuentren en esta situación de desplazados, y tantas cuantas sean las veces que lleguen a estarlo, tienen derecho a beneficiarse de los programas y procedimientos especiales que las entidades estatales tienen que promover para protegerlos...".

Por lo anterior con otros Derechos de Petición solicité que ordenen al que corresponda que me atiendan médicamente en uno de los centros hospitalarios de Bogotá, con cargo a la cuenta del FOSYGA o la que sea, e inmediatamente que reciba los medicamentos necesarios para terminar la recuperación después de la operación. Sí utilizando estos instrumentos no me atienden, no sé qué tengo que hacer para que me atiendan. .

RECIBIO RESPUESTA DE LA RED DE SOLIDARIDAD INDICANDO QUE SE ACEQUE A LA SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD A FIN DE QUE SE ADELANTEN LOS TRAMITES CORRESPONDIENTES


[8] Por motivos de confidencialidad y de seguridad, los datos persona-les de identidad han sido modificados.

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