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Organización
Panamericana de la Salud - Representación en Colombia 1999
Atención en Salud para Desplazados por la Violencia
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ACCIONES DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE
LA ENFERMEDAD.
La promoción de la salud y la prevención de la enfermedad
son la base fundamental para el desarrollo de las políticas que
él país adelanta en materia de salud publica. ( Res. 3997/96)
- Si se ha tenido una adecuada eliminación de las basuras,
posiblemente la cantidad de insectos y roedores disminuirán.
Si ello no se logra, se debe coordinar con el personal de saneamiento
ambiental del nivel local para ejecutar campañas dirigidas a
la eliminación de los roedores e insectos.
- Si su municipio está clasificado como de alto riesgo para
dengue, será necesario reforzar las medidas de recolección
de inservibles, donde se pueda depositar agua limpia. Ahora bien,
si su municipio tiene una alta morbilidad en paludismo, deberá
coordinar con el personal de control de enfermedades transmisibles por
vectores la fumigación con ciclos que rompan la cadena de reproducción
de los vectores.
- Por otra parte, existen unas acciones en Promoción y Prevención
descritas ampliamente en los once programas de la Resolución
3997 de 1996, dentro de las cuales usted Sr. Alcalde, como primera autoridad
de salud en su municipio, debe priorizar la atención a los
niños menores de 5 años, mujeres embarazadas, madres lactantes
y ancianos.
- En él programa de prevención de las alteraciones
del crecimiento y desarrollo de los niños menores de doce
años es conveniente realizar un examen físico general,
con él fin de obtener la información necesaria sobre su
desarrollo integral y en especial del estado nutricional, de su estado
psicológico, y si amerita, brindarle una desparasitación,
una complementación y una suplementación alimentaria.
- En el programa de prevención de las alteraciones sensoriales
de la salud visual y auditiva en niños menores de doce años,
priorice las detecciones precoces de estos trastornos.
- En relación con el programa de prevención de la
infección respiratoria aguda (IRA) y la enfermedad diarréica
aguda (EDA) en niños menores de 5 años, es necesario
dar instrucciones a las madres a fin de lograr una detección
temprana de los signos de alarma y poder acudir en forma oportuna a
recibir un tratamiento eficaz y al menor costo.
- También se debe hacer un barrido de vacunación con
los esquemas del Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI) a
fin de proteger a la población infantil de las enfermedades inmunoprevenibles.
- En caso de ausencia del carné de vacunación, es preferible
reiniciar los esquemas establecidos
- No olvide que la salud bucal también es fundamental e influye
en la nutrición de las poblaciones. Promueva las acciones
de limpieza y la educación en los hábitos de higiene oral.
- La población desplazada también crece, bríndeles
los programas de planificación familiar, de control prenatal,
control de enfermedades de transmisión sexual y en especial
el control del VIH-SIDA.
- Tenga en cuenta que en las poblaciones desplazadas también
se encuentran personas de edad avanzada, en los cuales se manifiestan
enfermedades crónicas y degenerativas, cardio-cerebro-vasculares,
hipertensión arterial, hiperlipidemias, diabetes, cáncer
de estómago, de cervix, de mama. Incluyéndolos en
los programas de Prevención ya montados para la detección
oportuna de los primeros indicios de estas enfermedades.
- Como quiera que a los desplazados se les ocasiona trauma psicosocial,
que en el corto y mediano plazo genera una tendencia hacia hábitos
como el tabaquismo, alcoholismo y fármaco dependencia, se
hace necesario reforzar la vigilancia para que en forma oportuna se
detecten sus primeras manifestaciones y se eviten sus consecuencias,
que pueden llevar a trastornos del comportamiento y generar conflictos
y maltratos intrafamiliares.
Señor Alcalde, probablemente todas estas acciones ya las tiene incluidas
en sus programas del Plan Local de Salud y del Plan de Atención
Básica, (Res. 4288 de 1996); extiéndalos a la población
desplazada por la violencia, pues éstas acciones hacen parte del
Plan Nacional de Atención Integral a la Población desplazada
por la violencia, descritas en el numeral 2.2.2. del Artículo
1 del Decreto 173 de 1998.
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