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Organización
Panamericana de la Salud - Representación en Colombia 1999
Atención en Salud para Desplazados por la Violencia
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DECÁLOGO
QUÉ DEBO HACER CUANDO AL MUNICIPIO LLEGAN DESPLAZADOS
POR LA VIOLENCIA? |
( Vea También Qué debo Tener
en cuenta ante la posibilidad de ser receptor de desplazamiento? )
[ Decálogo
]
1. CENSO:Se debe realizar un censo de acuerdo con el
instrumento diseñado por el Ministerio del Interior, cuyas variables
son fundamentales para las acciones a desarrollar en salud (ver Anexo1-
Encuesta de Atención Emergente).
2. CERTIFICADO UNIPERSONAL DE CONDICION DE DESPLAZADO: Remita
la encuesta de Atención Emergente al Personero Municipal, Defensor
del Pueblo o Jefe de Despacho Judicial y solicite la expedición
del Certificado unipersonal de la condición de Desplazado.
3. TRAMITE PARA OBTENER RECURSOS DE EMERGENCIA: El censo debe
enviarse al Ministerio del Interior a fin de obtener los recursos para
la atención humanitaria de emergencia, como son los mercados,
colchonetas, elementos de aseo personal, menaje de cocina y dineros
para la cancelación de los tres primeros meses de arrendamiento
o transporte de emergencia.
4. COMITÉ MUNICIPAL DE DESPLAZADOS:Constituya
el Comité Municipal de Desplazados por la Violencia, de acuerdo
con los lineamientos dados en la Ley 387 de 1997 en su artículo
7º (anexo No 2)
5. PRIORIZACION DE LA ATENCION: Una vez realizado el censo y
constituido el Comité de Desplazados se debe orientar el personal
de apoyo y los recursos físicos y económicos hacia la
población desplazada más vulnerable, como son los niños
menores de 5 años, las mujeres embarazadas, las madres lactantes
y los ancianos.
6. ATENCION INTEGRAL DE SALUD: En salud, se debe pensar que
la prestación del servicio es de una manera integral y que la
salud no es sólo asistencia médica sino que incluye también
las acciones de promoción de la salud, prevención de la
enfermedad, intervención de los factores de riesgo y vigilancia
epidemiológica en los campos sicosociales, nutricionales y medioambientales.
Estas acciones debe liderarlas y coordinarlas con el Director Local
de Salud, el Director del Hospital o el Gerente de la Empresa Social
del Estado de su municipio.
7. ASISTENCIA HUMANITARIA DE EMERGENCIA: Usted señor
Alcalde, como responsable de la salud en su comunidad, debe prestar la
asistencia humanitaria de emergencia con los recursos destinados a la
población vinculada.
8. RECURSOS PARA ATENCION DE DESPLAZADOS:Para acceder a los
recursos destinados a la población desplazada debe elaborar un
proyecto de atención integral en salud el
cual debe ser presentado al Ministerio de Salud, a la siguiente Dirección:
Dirección General para el Desarrollo de Servicios de
Salud
Subdirección de Urgencias, Emergencias y Desastres (SUED),
Ministerio de Salud,
Carrera 13 No 32-76, Piso 17, Santafé de Bogotá
Tel. 336 5066, ext. 1702.e-mail: uremede@bogota.minsalud.gov.co
|
[ Decálogo
]
El Proyecto para el acceso a los recursos se debe elaborar
en una ficha especial que se distribuye gratuitamente, en medio físico
o magnético, en la SUED o en las Direcciones Secciónales
de Salud (Secretarías de Salud, Departamentos Administrativos de
Salud o Institutos Departamentales de Salud).
Estos proyectos deben incluir acciones encaminadas a la promoción
y fomento de estilos de vida saludables, difusión de deberes
y derechos de los desplazados, prevención de la enfermedad, atención
médico-odontológica, atención nutricional, atención
psicosocial, acciones de saneamiento básico y de atención
de emergencia para el cumplimiento de los estándares mínimos
humanitarios.
El proyecto debe elaborarse conjuntamente con
el Director de Salud de su Municipio y con él Director
del Hospital, Gerente de la ESE o Director del Centro de Salud
de su localidad. Una vez elaborado debe tener los conceptos
de viabilidad del Comité Municipal de Desplazados por
la Violencia, del Coordinador de Urgencias Departamental de
la Dirección Seccional de Salud y del Director de la
Institución de Salud Municipal. |
[ Decálogo
]
9. ORIENTACION DE LA POBLACION: La población desplazada
debe orientarse a recibir atención en aquellos centros que han
recibido los recursos correspondientes, luego de la suscripción
de convenios entre la entidad territorial, la Institución Prestadora
de Servicios de Salud y el Ministerio de Salud.
10. MAPA DE RIESGO: Es necesario precisar un "mapa local de
riesgo" para ubicar los organismos de apoyo como la Cruz Roja, Hospital,
Puestos de Policía, Escuelas y Colegios, Estación de Bomberos
y otros. El mapa debe contener información de direcciones, medios
de comunicación como radioteléfonos, teléfonos,
equipos de transporte disponibles y otros elementos. Recuerde que el
mapa de riesgo es útil para planificar las acciones en todo tipo
de emergencia.
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Colombia
Atención en Salud para Desplazados por la Violencia
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Que debo tener en cuenta ante la posibilidad de ser receptor
de población desplazada?
|
Ante
la posibilidad de recibir población desplazada por la violencia
en mi municipio, debo conocer y evaluar los siguientes aspectos como preparación
en materia de salud:
- Conozco de qué se enferma y se muere la gente;
- Me cercioro de que existe un adecuado abastecimiento de agua y condiciones
medioambientales y de saneamiento básico (disposición
final de excretas y basuras);
- Evalúo la capacidad de respuesta de los servicios públicos
domiciliarios ante una situación de emergencia compleja;
- Me asesoro del Director Local de Saludy del Comité de Prevención
de Emergencias y Desastres del municipio;
- Ordeno la elaboración o actualización del inventario
de recursos de salud, disponibles en el municipio;
- Convoco a personas y entidades que brindan servicios de salud en
el municipio, para que apoyen la elaboración y ejecución
del plan de contingencia para el manejo de desplazados;
- Convoco a instituciones de otros sectores para precisar responsabilidades
y articular su quehacer al plan de contingencia;
- Coordino con La Dirección Seccional de Salud Departamental
los apoyos que se requieran para enfrentar adecuadamente la situación.
Verifico si existe convenio interadministrativo entre el Ministerio de
Salud y la Gobernación o la Dirección Seccional de Salud
del departamento, para garantizar la atención integral en salud
a los desplazados por la violencia.
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