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Indice >> [ Anterior | Siguiente ] 6 LAS ENTIDADES TERRITORIALESPara las entidades de los niveles nacional, departamental, distrital y municipal que conforman el sistema de atención integral a la población en situación de desplazamiento, les ordena la Directiva Presidencial 6 de 2001: Coordinar sus acciones de manera tal que en seguimiento a los principios de eficacia, economía y celeridad, se atiendan con prontitud las necesidades de la población en situación de desplazamiento. Atender las directrices que imparta la Red de Solidaridad Social como entidad coordinadora del Sistema Nacional de Atención Integral a la Población En situación de desplazamiento, para que pueda efectuarse la coordinación interinstitucional. Conformar los Comités para la Atención integral a la población en situación de desplazamiento por la violencia y velar por su adecuado funcionamiento, convocatoria oportuna, integración y asistencia. Corresponde a dichos Comités el desarrollo del plan de contingencia municipal. Desplegar las diligencias y gestiones necesarias para que la atención en salud y educación que son de su propia competencia, tenga en cuenta a la población en situación de desplazamiento por la violencia. |
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