| Fundamento |
Derechos Humanos |
Derecho Internacional
Humanitario |
| Ámbito Material |
Plenamente:
- En toda situación diferente al conflicto armado, excepto el
núcleo básico.
- Normativa general
|
Plenamente:
- En situaciones de conflicto armado
- Excepcionalmente, por analogía, en:
|
| Ámbito Temporal |
Operan:
- Permanentemente por regla
|
Operan:
- Durante conflictos armados general por regla general
- Excepción:
- Antes: Difusión, placas de identidad
- Después: Repatriación
de prisioneros.
|
| Ámbito Personal |
- Protege a toda clase de individuos sin distinción alguna.
- Ej.: Declaración Universal de los Derechos Humanos: "Todos los
seres humanos..", "Toda persona..."
- Protección indiscriminada.
|
- Protege a determinadas de personas. Ej.: Heridos, prisioneros,
al que se rinde, personal sanitario, religioso.
- Protección discriminada
- Fundamento: Diferenciar entre combatientes y no combatientes.
- Excepción: Art. 4 del Protocolo II.
|
| Origen Histórico |
Positivización y/o sistematización
posterior al D.I.H.
Edad Media:
- En sentido estricto no aparecen textos jurídicos que puedan
considerarse como "Declaraciones de Derechos Humanos".
- Se habla inapropiadamente de "derechos", pero se trata más bien
de privilegios que obtuvieron ciertos estamentos sociales, en
su lucha contra el poder.
- Ej. Carta Magna Inglesa de 1215. Disposiciones de Oxford de
1258.
Edad Moderna:
- Puede hablarse con propiedad de verdaderos derechos.
- Ej.: Declaración de Derechos del Pueblo de Virginia de 1776.
- Biil of Rights de Estados Unidos.
- Declaración Francesa de Derechos del Hombre y del Ciudadano
de 1789.
Siglo XX:
- Internacionalización de los Derechos Humanos.
- Ej.: Carta de la ONU de 1945.
- Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948.
- Pactos Internacionales de 1966. Primeros catálogos metódicos.
|
Positivización y/o sistematización
anterior a los Derechos Humanos
Primer Momento:
- Aparecen como reglas consuetudinarias que posteriormente la
doctrina se encarga de redactar y ciertas organizaciones de poner
en practica.
- Ej.: Derecho de gentes de Roma.
Finales del Siglo pasado:
- Se codifica en convenciones internacionales en 1864: Primer
Convenio de Ginebra.
Siglo XX:
- Segundo Convenio de Ginebra de 1907.
- Tercer Convenio de Ginebra de 1929.
- Cuarto Convenio de Ginebra de 1949.
- Dos Protocolos Adicionales de 1977.
|
| Contenido |
- Algunas normas no tienen cabida en el D.I.H.
- Ej.: Declaración Universal de Derechos Humanos:
- Derechos a contraer matrimonio (Art. 16).
- Pacto Internacional de Derechos Civiles, Sociales y Pohticos:
Derecho a la participación (Art. 25).
- Procedimiento Comité de D.D H.H. (Art. 28).
- Pacto Internacional de Derechos Sociales, Económicos y Culturales:
Derechos de Autor (Art. 15).
- Derecho a la huelga (Art. 18)
|
- Algunas normas no tienen cabida en el Derecho Internacional
de los Derechos Humanos.
- Ej.: III Convenio de Ginebra:
- Agencia Central de Búsquedas (Art. 123).
- 1 Convenio de Ginebra: Signo distintivo de la Cruz Roja.
- Normas Técnicas y operativas.
- Técnicas:
- Tarjetas de identidad.
- Administración de campamentos
|
| Mecanismos de
Protección |
- Normas que establecen procedimientos para la defensa judicial
de los Derechos Humanos.
- Ej.: Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: Reconocimiento
de la competencia del Comité de Derechos Humanos (Art. 41).
- Protocolo Facultativo: Procedim. (1, 2, 3, etc.).
- Organismos semijudiciales o judiciales de carácter permanente
ante los cuales el Estado o los individuos pueden acudir.
- Regionales:
- Universales:
- Internos:
|
- No existen normas procedimentales de carácter judicial.
- Sus mecanismos de protección son los propios Estados a través
de sus sistemas legales y judiciales y a través de procedimientos
internos.
- Sujetos de derecho internacional, no judiciales, no permanentes.
- Ej.: Potencias protectoras,
- C.I.C.R.
- Los tribunales internacionales de justicia son coyunturales
- Ej.: Nüremberg
|
| Procedencia
|
- Se gestan en el plano interno de algunos países y evolucionan
hasta trascender al plano internacional
- Ej.: Declaración Universal de Derechos Humanos.
- Carta Magna.
- Bill of Rights.
- Declaración Francesa
- Convención Americana.
|
- Preceden del plano internacional para ser acogidos posteriormente
en el plano interno.
- Ej.: Convención de la Haya, Convención de Ginebra de1864: sometidos
a firma, ratificación, adhesión, sucesión de los Estados
|
| Naturaleza |
Derecho
Promocional:
- Garantías al individuo para desarrollarse integralmente, realizando
sus objetivos personales, sociales, políticos y económicos amparándolo
contra los impedimentos u obstáculos que se le interpongan a raíz
de la arbitrariedad del Estado.
|
Derecho
de Supervivencia:
- No le abre las puertas al desarrollo de la persona.
Finalidad:
- Lograr que el individuo atraviese el conflicto armado y la violencia
que genera salvaguardando su integridad personal y su entorno
social.
|
| Responsabilidad |
Estados:
Ante la comunidad internacional.
Estados: Ante el individuo en el plano interno. |
- Estados y partes en conflicto en general responden ante la comunidad
internacional.
- Estados y partes en conflicto responden ante la población civil.
|