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RECOPILACIÓN PARA LA COMPRENSIÓN, ESTUDIO Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS - Fundación Konrad Adenauer
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Diferencias entre Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario David Meneses

Fundamento

Derechos Humanos

Derecho Internacional Humanitario

Ámbito Material

Plenamente:

  • En toda situación diferente al conflicto armado, excepto el núcleo básico.
  • Normativa general

Plenamente:

  • En situaciones de conflicto armado
  • Excepcionalmente, por analogía, en:
    • Disturbios
    • Tensiones

Ámbito Temporal

Operan:

  • Permanentemente por regla

Operan:

  • Durante conflictos armados general por regla general
  • Excepción:
    • Antes: Difusión, placas de identidad
    • Después: Repatriación                                                    de prisioneros.

Ámbito Personal

  • Protege a toda clase de individuos sin distinción alguna.
  • Ej.: Declaración Universal de los Derechos Humanos: "Todos los seres humanos..", "Toda persona..."
  • Protección indiscriminada.
  • Protege a determinadas de personas. Ej.: Heridos, prisioneros, al que se rinde, personal sanitario, religioso.
  • Protección discriminada
  • Fundamento: Diferenciar entre combatientes y no combatientes.
  • Excepción: Art. 4 del Protocolo II.

Origen Histórico

Positivización y/o sistematización posterior al D.I.H.

Edad Media:

  • En sentido estricto no aparecen textos jurídicos que puedan considerarse como "Declaraciones de Derechos Humanos".
  • Se habla inapropiadamente de "derechos", pero se trata más bien de privilegios que obtuvieron ciertos estamentos sociales, en su  lucha contra el poder.
  • Ej. Carta Magna Inglesa de 1215. Disposiciones de Oxford de 1258.

Edad Moderna:

  • Puede hablarse con propiedad de verdaderos derechos.
  • Ej.:  Declaración de Derechos del Pueblo de Virginia de 1776.
  • Biil of Rights de Estados Unidos.
  • Declaración Francesa de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789.

Siglo XX:

  • Internacionalización de los Derechos Humanos.
  • Ej.: Carta de la ONU de 1945.
  • Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948.
  • Pactos Internacionales de 1966. Primeros catálogos metódicos.

Positivización y/o sistematización anterior a los Derechos Humanos

Primer Momento:

  • Aparecen como reglas consuetudinarias que posteriormente la doctrina se encarga de redactar y ciertas organizaciones de poner en practica.
  • Ej.:       Derecho de gentes de Roma.

Finales del Siglo pasado:

  • Se codifica en convenciones internacionales en 1864: Primer Convenio de Ginebra.

Siglo XX:

  • Segundo Convenio de Ginebra de 1907.
  • Tercer Convenio de Ginebra de 1929.
  • Cuarto Convenio de Ginebra de 1949.
  • Dos Protocolos Adicionales de 1977.

Contenido

  • Algunas normas no tienen cabida en el D.I.H.
  • Ej.: Declaración Universal de Derechos Humanos:
  • Derechos a contraer matrimonio (Art. 16).
  • Pacto Internacional de Derechos Civiles, Sociales y Pohticos: Derecho a la participación (Art. 25).
  • Procedimiento Comité de D.D H.H. (Art. 28).
  • Pacto Internacional de Derechos Sociales, Económicos y Culturales: Derechos de Autor (Art. 15).
  • Derecho a la huelga  (Art. 18)
  • Algunas normas no tienen cabida en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
  • Ej.: III Convenio de Ginebra:
  • Agencia Central de Búsquedas (Art. 123).
  • 1 Convenio de Ginebra: Signo distintivo de la Cruz Roja.
  • Normas Técnicas y operativas.
  • Técnicas:
  • Tarjetas de identidad.
  • Administración de campamentos

Mecanismos de Protección

  • Normas que establecen procedimientos para la defensa judicial de los Derechos Humanos.
  • Ej.: Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: Reconocimiento de la competencia del Comité de Derechos Humanos (Art. 41).
  • Protocolo Facultativo: Procedim. (1, 2, 3, etc.).
  • Organismos semijudiciales o judiciales de carácter permanente ante los cuales el Estado o los individuos pueden acudir.
  • Regionales:
    • O.E.A
    • Consejo de Europa.
  • Universales:
    • ONU
    • UNESCO
    • OIT
  • Internos:
    • Amparo
    • Tutela
  • No existen normas procedimentales de carácter judicial.
  • Sus mecanismos de protección son los propios Estados a través de sus sistemas legales y judiciales y a través de procedimientos internos.
  • Sujetos de derecho internacional, no judiciales, no permanentes.
  • Ej.: Potencias protectoras,
  • C.I.C.R.
  • Los tribunales internacionales de justicia son coyunturales
  • Ej.: Nüremberg

Procedencia

  • Se gestan en el plano interno de algunos países y evolucionan hasta trascender al plano internacional
  • Ej.: Declaración Universal de Derechos Humanos.
  • Carta Magna.
  • Bill of Rights.
  • Declaración Francesa
  • Convención Americana.
  • Preceden del plano internacional para ser acogidos posteriormente en el plano interno.
  • Ej.: Convención de la Haya, Convención de Ginebra de1864: sometidos a firma, ratificación, adhesión, sucesión de los Estados

Naturaleza

Derecho Promocional:

  • Garantías al individuo para desarrollarse integralmente, realizando sus objetivos personales, sociales, políticos y económicos amparándolo contra los impedimentos u obstáculos que se le interpongan a raíz de la arbitrariedad del Estado.

Derecho de Supervivencia:

  • No le abre las puertas al desarrollo de la persona.

Finalidad:

  • Lograr que el individuo atraviese el conflicto armado y la violencia que genera salvaguardando su integridad personal y su entorno social.

Responsabilidad

Estados: Ante la comunidad internacional.

Estados: Ante el individuo en el plano interno.

  • Estados y partes en conflicto en general responden ante la comunidad internacional.
  • Estados y partes en conflicto responden ante la población civil.

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