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RECOPILACIÓN PARA LA COMPRENSIÓN, ESTUDIO Y DEFENSA DE LOS
DERECHOS HUMANOS - Fundación Konrad Adenauer Parte 1 - Elementos ConceptualesIntroducción David Meneses [1]A raíz de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada por la Tercera Asamblea General de las Naciones Unidas reunida en París el 10 de Diciembre de 1948, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre aprobada en la Novena conferencia Internacional Americana, celebrada en Bogotá desde el 30 de marzo hasta el 2 de mayo de ese mismo año, se ha constituido en la fuente que inspira, genera y orienta todos los demás instrumentos internacionales adoptados desde entonces para promover, educar, proteger y defender los derechos humanos y las libertades fundamentales. Los principios rectores que orientan ambas declaraciones son, entre otros, la dignidad del hombre y los derechos de igualdad e inalienabilidad de la familia; y constituyen fundamento de la libertad, la justicia y la paz. En el mundo de hoy, el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han llevado a actos de crueldad, violación, abuso y barbarie ante los ojos de la humanidad. El anhelo y la aspiración del hombre es el advenimiento de un mundo en el cual los seres humanos, liberados del miedo y de la miseria, puedan disfrutar de la libertad, y ejercer sus derechos y cumplir sus deberes. El mundo fue estremecido con ímpetu por la dramática vivencia de las dos guerras mundiales. La muerte y la destrucción amenazaron a la humanidad y los responsables de los destinos de los pueblos asumieron el reto de ejercer inquebrantablemente una lucha por la vigencia, salvaguarda y promoción de esos principios. El horror de la guerra despertó la conciencia de los organismos gubernamentales y no gubernamentales en virtud de derechos humanos. Existen, al menos, cuatro sistemas de internacionalización de. los derechos humanos.
Los derechos del niño, el anciano y de. la mujer están obviamente amparados por todas las normas internacionales en materia de derechos humanos. En los niños podemos caracterizar las complejas circunstancia de pobreza, violencia y abandono. Por eso han surgido en 1919, la Carta de Ginebra "salvemos a los Niños"; que fije la primera declaración de los derechos del niño. En 1945 surge la Organización de la Naciones Unidas (ONU). En 1948, la Declaración Universal de los Derechos Humanos (que son también derechas del niño, ya que sus enunciados no los discriminan como tales). En 1959 aparece la Declaración de los Derechos del Niño. En 1979, la Organización de las Naciones Unidas decreta el Año Internacional del Niño. Y finalmente, en 1989, la ONU aprueba el texto de la Convención de los Derechos del Niño. En cuanto a la mujer, se ha producido varios desafíos sobre las derechos de igualdad. Concretamente, en 1979, al convocar la Década de la Mujer, su presencia y representabilidad despertarán las ansias de participación activa de todos los ámbitos de la vida. Es así cómo se produce la aprobación de la Convención Contra las Formas de Discriminación de la Mujer, y dicha Convención se convirtió en instrumento firme para abrir la conciencia de hombre y mujeres sobre la necesaria búsqueda de igualdad para lograr el desarrollo y la paz. Los derechos civiles y políticos, junto con su protocolo adicional, constituyen parte de la esencia de la Carta Internacional de los Derechos Humanos; donde los Estados del pacto se comprometen a respetar y garantizar los derechos del hombre. Y Venezuela lo ratificó el 10 de mayo de 1978, convirtiéndose en Legislación Nacional. El Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales fue aprobado por la ONU el 16 de diciembre de 1966; y Venezuela lo suscribió el 24 de junio de 1969; ratificándolo posteriormente, el 10 de mayo de 1976. En consecuencia, forma parte del derecho positivo vigente en nuestro país. La discriminación racial y el apartheid (ante los derechos humanos): el primero ha sido motivo de lucha para preservar, cuidar y proteger las diferentes etnias y razas, exaltando así los derechos fundamentales del hombre. El apartheid está abolido hoy en día. En Suramérica, gracias a las constantes y reiteradas luchas que dieron como logro final la participación de los deberes individuales, civiles y políticos del hombre de color, éste puede ocupar cargos de función pública y ser elegido por votación popular. (Ej.: caso Mandela). Finalmente, los Derechos del ambiente y e1 desarrollo sostiene que ha tenido marcada influencia los últimos años, reflejada en la Declaración de Estocolmo sobre el medio ambiente humano de 1972 (Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente, Río de Janeiro, 1992: y la Declaración de Principios sobre Derechos Humanos y Medio Ambiente, Naciones Unidas, 1994, Constituyeron novel instrumentos (o normativas) internacionales que alertan los pueblos y gobiernos del mundo sobre la constante amenaza de exterminio que está sometido el planeta, generando obviamente la desaparición de la especie humana. Por ende, es menester llamar la atención sobre este tema que esta a el intrínsecamente relacionado con la existencia del hombre. "El hombre no tiene ningún derecho especial porque pertenezca a una raza y otra, dígase hombre y ya se dicen todos los derechos." José Martí. Con motivo del 50º. aniversario de las Naciones Unidas, celebrado de recientemente, y donde participaron más de un centenar de jefes de gobierno y organismos Internacionales no gubernamentales se reafirmo que la Democracia es el sistema Político mas eficiente, más humano y que garantiza a plenitud el cumplimiento de los enunciados de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. En gran parte de las deliberaciones, con motivo de los 50 años de las Naciones Unidas, se le dio especial énfasis al tema de los derechos Humanos. El presente trabajo de Recopilación Para la Comprensión, Estudio y Defensa de los Derechos Humanos, pretende servir de material de apoyo, de instrumento de trabajo, y de defensa viva de los derechos más sagrados del hombre. Es por ello que el texto brinda una introducción sistemática a la doctrina y pensamiento de estos derechos, y permite adentrarse en los mecanismos internacionales, tanto en el Sistema Interamericano como en el Sistema Universal de protección de los derechos humanos. La recopilación de diversas declaraciones, pactos internacionales, convenciones, estatutos, reglamentos, código y leyes permite al lector conocer, a ciencia cierta, las herramientas jurídicas para la defensa de los derechos humanos. Este esfuerzo se realiza en beneficio de las personas y los organismos gubernamentales y no gubernamentales involucrados en la defensa, estudio, análisis y comprensión de tan magnos derechos. Cabe destacar, igualmente, el excelente material que forma el libro con los comentarios de los especialistas mas reconocidos en el país en materia de derechos humanos. A nivel mundial, los organismos no gubernamentales (ONGs) han proliferado mucho: con prestigio, mística, y una profunda sensibilidad social y humana; la cual permite que los gobiernos y funcionarios encargados de hacer cumplir la ley lo hagan con transparencia, pulcritud, estricta observancia de la ley y con celo y apego a los tratados internacionales y leves de la República; tal y como se vera en el desarrollo del trabajo. En Venezuela, los organismos no gubernamentales de defensa de los derechos humanos tienen diversos orígenes: comunitarios, eclesiásticos, estudiantiles, gremiales y políticos. La Conferencia Mundial de los Derechos Humanos, celebrada en Viena en 1993, reconoció la importante función que cumplen las organizaciones no gubernamentales en la promoción de todos los derecho humanos y en las actividades humanitarias. El libro se referirá, en sus respectivos capítulos, a los pactos internacionales, derechos civiles y políticos que, junto con su protocolo adicional, constituyen parte esencial de lo que se reconoce como la Carta Internacional de los Derechos Humanos, que en la mayoría de los Estados la han ratificado y convertido automáticamente en ley interna. Se especificarán los derechos fundamentales de dicho pacto y las obligaciones de los Estados ante el mismo para garantizar el derecho a la libertad, a la seguridad personal, a la presunción de inocencia; el derecho a votar y ser elegido en elecciones libres; que, entre otros, son los derecho mas vulnerables en una sociedad. El libro está dividido básicamente en cinco partes: en la primera, se presenta una parte conceptual, doctrinaria y de fundamento de los derechos humanos. En la segunda; se presentan las doctrinas internacionales básicas, nacida en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (ONU) y en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (OEA). En la tercera parte aparecen los documentos nacionales, tales como la Carta Magna de nuestra Constitución Nacional (el ente rector de la normativa jurídica del país): el Ministerio Publico (en ente del Estado), garante de la Constitución y Leyes de la República, y defensor de nuestros derechos; y la Ley Orgánica de Amparo y Recursos del Hábeas Córpus; que son principios consagrados en nuestra Carta Fundamental y un derecho insoslayable del hombre. En la cuarta; aparece una breve reseña de dos importantes ONGs: una que trata de la defensa, promoción, protección y educación para los derechos humanos: y otra que aborda los derechos humanitarios y tiene una interacción armoniosa con los derechos Humanos. Hemos tomada estas dos organizaciones: Amnistía Internacional y Cruz Roja y Media Luna Roja, porque tienen carácter internacional y están arraigadas en casi todos los países del planeta y con una constante y extraordinaria labor a través de su historia. Dentro del contexto de la ONGs incorporamos documentos con su comentario respectivo, sobre un trabajo de rol de la Iglesia Venezolana en materia de derechos humanos. La Carta de los Derechos de la Familia, cuya exhortación de los obispos en del Senado que fue aprobada en la Santa Sede, expresa un sentimiento hermoso e importante de la familia como célula fundamental de la sociedad. Además contiene un apéndice de la Secretaría Nacional de Planificación del Partido Social Cristiano Copei, dónde se habla de la importancia que constituye en esta organización partidista, que el 24 de enero fue presentado a la consideración del Comité Nacional del Partido, para su estudio, aprobación y creación de la Secretaría Nacional de los Derechos Humanos. Fue aprobado por unanimidad (Acta n0 196, levantada el lunes 28 de febrero de 1996). Dicho sea de paso, es la primera vez, en el continente, que un partido político haya constituido, dentro de su estructura organizativa, una secretaría que atienda la defensa, promoción, protección, estudio y denuncia de los derechos humanos. La obra es de carácter integral: por un lado, contiene lo relativo a los derechos humanos, con todos sus derivados y poli derivados; incluyendo, desde luego, los mecanismos adyacentes para las personas naturales y jurídicas que tengan que demandar de un Estado o Gobierno, en momento dado, el cumplimiento de alguno de esos derechos. Por otro lado, contiene los deberes comunes, sin los cuales aquellos derechos carecerían de base; por ejemplo: el deber de los Estados de respetar la vida y propiedades de las personas, y los deberes de éstas para con su gobierno, su país, sus conciudadanos y con todo el orden internacional. Como se verá en el desarrollo del libro, los derechos y deberes forman, figurativamente hablando, una intrincada red comunicativa, en dónde unos y otros dependen de sí y se entrecruzan cíclicamente. Asimismo, el ciudadano común encontrará en este tratado una defensa ante los abusos del poder y una orientación adecuada que lo libertará del velo de la ignorancia, responsable, muchas veces, de la pasividad ante el dolor, el maltrato, la opresión y cualquier otro tipo de abuso. Como puede observarse en la Presentación, verdadero y claro esboce de lo que será el contenido, el Hombre (en el sentido amplio de la palabra) encontrará en las páginas de este tratado, el cual nos honra introducir, un verdadero punto de apoyo racional y una sólida base jurídica internacional, interamericana y nacional, ante las presiones (y, en el peor de los casos, los abusos y sus consecuencias) del Poder Público y Privado; así como también, una orientación pedagógica que evitará que aquellas ignorancias que nombramos pueda llevar a la conocida impunidad, tan grave y frecuente aún en nuestros días. Con una magistral pedagogía, aparecerán oportunamente, tratados y contentados (amén de ejemplificados), los treinta postulados de los Derechos Humanos, enunciados por la ONU en su famosa Declaración Universal, hace ya casi medio siglo. No se menoscabaron esfuerzos por insistir en la divulgación de cómo aplicarlos en casos y situaciones propias de nuestro continente, manteniéndose fieles a la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; con una palestra de trabajo abierta ante nuestra dinámica problemática nacional, virgen todavía en muchos estratos sociales, especiales y justo entre las clases mas necesitadas, en el sentido de estar dormida ante la justicia y la dignidad que los derechos humanos predican. Finalmente, la Recopilación para la Comprensión, Estudio y Defensa de los Derechos Humanos, es también una llamada de alerta para los Poderes que, de una u otra forma, se viesen tentados a menospreciar las Declaraciones de tan alta Autoridad mundial. Antes bien, esos Estados velarán por el cumplimiento de esos derechos y esos deberes. Este es, justamente, uno de los servicios a que aspiramos: uno de sus más altos atributos. "Nadie está por encima del Derecho ni por abajo" Palabras ciertas, que ilustran la flexibilidad del Derecho, pero también su inexorable tendencia a mantenerse dentro de una auténtica "placa homeopática". Así como ocurre con la temperatura del cuerpo humano que oscila entre los 36,5 y 37 grados centígrados, en óptimas condiciones de salud, o sea, que se mantiene dentro de su placa homeopática- así también la salud jurídica del Hombre no debe rebasar ciertos linderos que, recordémoslo también nosotros, evocan el principio de que nuestros derechos terminan dónde empiezan los de los demás’. Las organizaciones gubernamentales y la no gubernamentales velan, entonces, para que nada ni nadie se atrase, se adelante o se incline hacia uno y otro lado (desde los niños hasta el régimen más totalitario -y este tratado los incluye a todos-); sino que mantengan su marcha avante, recta, tal como lo enuncia el principio mismo del Derecho, explicito en el significado de la palabra: DERECHO a su relación entre el nombre y el contenido de la misma, que no es, en este caso, arbitraria. Derecho viene del latín: dirictus, que significa recto, derecho... Abraham Lincoln Toda la Humanidad, individual y colectiva, pues debe esforzarse, con comprensión y coraje, en mantener encendida la llama ardiente de los Derechos Humanos. [1] Presidente de la Fundación para Defensa de los Derechos Humanos en Venezuela, Secretario Nacional de los Derechos Humanos de COPEI; directivo de la Cruz Roja Venezolana. |
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